La Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación del Congreso del Estado de Sinaloa aprobó dictamen de reformas a la Constitución con el objetivo de que en la entidad se realice revocación de mandato para quien ocupe la titularidad del Poder Ejecutivo estatal.
El dictamen fue aprobado de forma unánime por las y los diputados Ambrocio Chávez Chávez, Feliciano Valle Sandoval, Elizabeth Chia Galaviz, Verónica Guadalupe Bátiz Acosta y José Manuel Luque Rojas, presidente, secretario y vocales, respectivamente de la Comisión.
En Comisión las diputadas y diputados aprobaron dictamen de reformas a la Constitución Política del Estado de Sinaloa ya que la revocación de mandato constituye un importante avance en la garantía de la democracia participativa, pues es concebida como una de las vías más idóneas para la rendición de cuentas.
“Esta Comisión Dictaminadora considera oportuna y viable las propuestas de reformas y adiciones a la Constitución Política del Estado de Sinaloa, en materia de revocación de mandato en los términos planteados, con el propósito de armonizar dicha figura con los parámetros federales, que permita garantizar a las y los sinaloenses el derecho a participar en los procesos de revocación de mandato de quien ocupe la titularidad del Poder Ejecutivo local”, señala el dictamen aprobado.
Otra de las consideraciones tomadas en cuenta es que se fortalece el sistema de representación política, debido que obliga a quien ocupe la titularidad del Ejecutivo local a cumplir con sus responsabilidades, obligaciones y compromisos asumidos, de lo contrario las y los ciudadanos sinaloenses podrán hacer uso de dicho instrumento para remover de su cargo al titular del Gobierno estatal.
Se elaboró dictamen tomando como base iniciativas de reformas presentadas ante el Congreso local por el gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya; los grupos parlamentarios de Morena y el PAS, y un grupo de ciudadanas y ciudadanos sinaloenses.
El dictamen indica que el proceso de revocación de mandato será convocado por el Instituto Electoral del Estado de Sinaloa a petición de las ciudadanas y ciudadanos, en un número equivalente, al menos, al diez por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores del estado, en por lo menos once municipios.
Se podrá solicitar en una sola ocasión y durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional.
Se realizará mediante votación libre, directa y secreta de ciudadanas y ciudadanos inscritos en la lista nominal del estado, el domingo siguiente a los noventa días posteriores a la convocatoria y en fecha no coincidente con las jornadas electorales, federal o local.
El IEES tendrá a su cargo la organización, desarrollo y cómputo de la votación. El cómputo final lo realizará el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa.
Para que el proceso de revocación de mandato sea válido deberá haber una participación de, por lo menos, el cuarenta por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores del estado.
Las y los integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación reiteraron que la revocación de mandato fortalece la democracia participativa, la rendición de cuentas, el control del poder político, la participación de la ciudadanía e incentiva conductas en el ejercicio del poder para el cumplimiento del servicio público.
El Congreso del Estado deberá expedir la Ley de Revocación de Mandato para el Estado de Sinaloa dentro de los ciento ochenta días posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto.
Aprobado el dictamen por la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, pasará al Pleno para su lectura, discusión y votación.