EL Congreso del Estado aprobó una reforma constitucional en materia de identidad de género.
Se trata de una reforma a la fracción 1 del artículo 4 BIS A de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, én material del derecho a la vida y al libre desarrollo de la personalidad.
Con esta reforma, las personas podrán realizar su cambio de identidad de género mediante un trámite administrativo, y podrán cambiar de nombre para modificar su identidad de género, por medio de una resolución del juez de lo familiar o mediante resolución administrativa que conceda la resolución de reconocimiento de identidad de género.
Durante la sesión de Período Extraordinario de hoy miércoles 9 de marzo de 2022, el dictamen fue aprobado por 36 votos a favor y cero en contra.
De acuerdo con esta modificación, el reconocimiento de la identidad de género mediante procedimiento administrativo, se llevará a cabo ante el Registró Civil del Estado.
Una vez hecho el cambio de identidad, el acta de nacimiento primigenia quedará reservada y no se publicará, ni expedirá constancia alguna, con excepción de un mandamiento judicial o petición ministerial.
El punto que generó controversia fue en el tema de los menores de edad, ya que el grupo parlamentario del PRI, presentada por el diputado Feliciano Valle, para que sea un juez quien determine si una persona menor de edad puede cambiar su identidad de género.
“Deberán recabar su consentimiento de trámite y sumarles que a su vez determinará la madurez cognitiva y sicoemocional de los menores de edad, en cuanto a su auto percibimiento de identidad, atendiendo de principio de interés superior”, indicó.
Para discutir esto, se decretó un receso de 30 minutos para que la comisión de Igualdad, Género y Familia se reuniera para analizar y decidir si aceptan la propuesta.
Al reanudad la sesión, Almendra Negrete, presidenta de dicha comisión, informó que, con 4 votos a favor y 1 en contra, fue aprobada la reserva planteada por el PRI.
Pero pidió la voz la legisladora morenista, Juana Minerva Vázquez, para plantear que se regresara el tema como ya estaba dictaminado, para lo cual, decretaron un nuevo receso.
El Decreto expedido por el Congreso del Estado, entrará en vigor a los 60 días hábiles siguientes de su publicación en el Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa», para que se realicen las adecuaciones al reglamento, y manuales del Registro Civil del Estado de Sinaloa.