Gobierno del Estado amplió hasta el 30 de abril, en consonancia con la política de sana distancia implementada por el Gobierno Federal y para efectos jurídicos, los lineamientos y medidas puestas en práctica desde el 27 de julio y 03 de agosto del 2020, que permite al personal considerado vulnerable o de alto riesgo ausentarse de sus centros de trabajo por la pandemia del Covid-19.
Es así que solo podrán ausentarse de la totalidad de las dependencias, las y los trabajadores de 65 años o más, mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, personas con discapacidad o aquellas que padezcan algún tipo de padecimiento crónico degenerativo o esté bajo tratamiento farmacológico que le genere supresión del sistema inmunológico.
En circular emitida este martes 19 de enero, se ratifica lo que desde julio y agosto del año pasado se ha venido estableciendo, que los titulares de cada dependencia y organismo descentralizado del Poder Ejecutivo, deberán responsabilizarse de la supervisión de la asistencia y permanencia de su personal, en relación a la forma en que cada uno de los titulares decida en que su personal laborará; es decir, de forma escalonada, alternado, trabajo en casa, o como determine en el cumplimiento de sus funciones.
Cabe recordar que con el objetivo de proteger la salud del público en general y de los trabajadores al servicio del Gobierno de Sinaloa, el 27 de julio del 2020, se emitió una circular por la que se dio a conocer a las dependencias y organismos descentralizados del Poder Ejecutivo, una serie de lineamientos específicos y medidas que permitan la continuidad y reapertura ordenada, gradual y cauta de las actividades del Poder Ejecutivo.
Y en alcance a dicha circular, el 03 de agosto del 2020 se emitió una nueva circular de que cada centro de trabajo pudiera identificar al personal vulnerable o de alto riesgo que seguirá sin presentarse a laborar.
El mapa del semáforo epidemiológico del 18 de enero de 2021, emitido por la Secretaría de Salud Federal, refleja una situación de riesgo máximo en 10 entidades del país, lo que obliga a tomar medidas que coadyuven a reducir la probabilidad de incrementos en otras zonas del territorio nacional, como Sinaloa, razón por la cual el Gobierno Federal determinó la implementación de medidas de protección a la salud.
Lo anterior, obliga a mantener la operación de la Administración Pública Estatal en consonancia con la política de sana distancia y reducción de movilidad, poniendo énfasis en el trabajo a distancia y la prevalencia de la utilización de tecnologías de la información y de las comunicaciones, así como el máximo aprovechamiento de las capacidades productivas del capital humano y financiero del sector público, en aquellos casos en que sea materialmente posible y no se vea alterado el debido cumplimiento de las funciones, y en aquellos casos en que esto no sea factible, acudir a los centros de trabajo en días y, o en, horarios escalonados, en concordancia con las medidas sanitarias establecidas por la Secretaría de Salud.
Por esa razón se deberá continuar con los lineamientos específicos y medidas contenidas en las circulares del 27 de junio y del 03 de agosto, hasta el 30 de abril del 2021.
En los casos de los Hospitales Civil y Pediátrico, deberán ajustar sus valores de vulnerabilidad de acuerdo a las Acciones y Lineamientos de la Secretaría de Salud de Sinaloa.